CONSIDERANDO II: Que, el recurso en examen de la empresa demandada, restringido en su contenido
CONSIDERANDO II: Que, el recurso en examen de la empresa demandada, restringido en su contenido se limita a referir antecedentes de la relación laboral entre las partes y del proceso a partir de la demanda; que planteado equivocadamente en su inconsistencia legal y jurídica, prescinde conceptual y legalmente de la definición de que el recurso de casación constituye una demanda nueva de puro derecho, en la que de acuerdo a la previsión del Art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, su interposición debe responder a la exigencia inexcusable de la cita clara, concreta y precisa del folio del expediente, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, especificando en qué consiste la violación, falsedad o error; cualquiera sea la naturaleza jurídica del recurso, ya sea en el fondo, en la forma o en ambos; sin que sea suficiente la relación de aspectos procesales, en la perspectiva del recurrente, sobre incumplimiento de la ley por los de instancia sin señalar norma legal alguna, como sucede en autos; de donde se colige que el mismo carece de una base legal y jurídica cierta sobre la que pueda o deba este Tribunal pronunciarse en los términos del precitado Art. 258
- AUTO SUPREMO Nº 037 - Social Sucre, 25 de enero de 2007
- Apelada la sentencia, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial
- CONSIDERANDO II: Que, el recurso en examen de la empresa demandada, restringido en su contenido
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
