Auto Supremo AS/0279/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0279/2007

Fecha: 08-Oct-2007

CONSIDERANDO: que la Sentencia Constitucional número 0101/04 de 14 de septiembre de 2004 establece que


CONSIDERANDO: que la Sentencia Constitucional número 0101/04 de 14 de septiembre de 2004 establece que el órgano jurisdiccional debe analizar en términos objetivos y verificables los orígenes o motivos de la dilación de la causa y que: "la extinción de la acción penal sólo puede ser conforme a la Constitución, cuando se constate que la no conclusión del proceso dentro del plazo máximo establecido por la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 1970 es atribuible a omisiones o falta de diligencia debida a los órganos administrativos o jurisdiccionales del sistema penal y no a acciones dilatorias del imputado procesado"