Que, habiéndose demostrado en obrados por la demandada, el cumplimiento de los requisitos exigidos por
Que, habiéndose demostrado en obrados por la demandada, el cumplimiento de los requisitos exigidos por el art. 138 del Código Civil, corresponde al Tribunal Supremo dar aplicación a la norma prevista por el art. 271-4) y 274 del Código de Procedimiento Civil
- CONSIDERANDO: Que, el Auto de Vista confirma la sentencia apelada, que a su vez declaró
- Contra la resolución de vista, la demandada Martha Rodríguez Vda
- Agrega que la oficina de catastro urbano realizó una inspección al inmueble en litigio, determinando
- Sostiene que no se ha tomado en cuenta el certificado emitido por la Junta Vecinal
- Finalmente que no se tomó en cuenta la inspección judicial de oficio, donde dos personas
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados en función al recurso interpuesto, este Tribunal
- Certificaciones corroboradas por la confesión espontánea prestada por el demandante Filiberto Veizaga dentro de un
- Que, habiéndose demostrado en obrados por la demandada, el cumplimiento de los requisitos exigidos por
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 3 de octubre de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
