Sin multa por ser excusable
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida en los arts. 15 y 60 inc. 1) de la L.O.J., en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 125, ANULA obrados hasta fs. 117 inclusive, disponiendo que el tribunal ad quem, sin espera de turno, previo sorteo, emita nueva resolución, sin dilación alguna y con la pertinencia de los arts. 192 y 236 del Cód. Pdto. Civ., conformando un tribunal acorde a las normas de la L.O.J.
Sin multa por ser excusable
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Segundo Administrativo, Coactivo Fiscal y
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada mediante memorial de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, formulado por Ramón Segundo Servia
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- Ninguna de estas disposiciones orgánicas, ni las instituidas en el Código Procedimiento Civil, confieren a
- En cumplimiento de los arts
- El Tribunal Supremo, debe actuar de oficio dentro de la permisión contenida por el art
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- Estos antecedentes, evidencian que el sorteo se realizó con la intervención del Presidente de la
- Sin multa por ser excusable
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
