POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
Asimismo, en cuanto a las denuncias de vulneración de la presunción de la inocencia, "in dubio pro reo", seguridad jurídica e igualdad de las partes procesales, esta situación da lugar a revisar los antecedentes del proceso para evidenciar las acusaciones señaladas, por lo que se debe declarar la admisibilidad del recurso de casación.
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo 417 con relación al 416 del Código de Procedimiento Penal, declara la ADMISIBIBILIDAD del recurso de casación interpuesto por Guillermo Germán Flores Álvarez de fojas 232 a 240 de obrados; asimismo, dispone que por Secretaría de Cámara se haga saber a las Salas Penales de las Cortes Superiores del país la Sentencia, Auto de Vista y Auto Supremo de Admisibilidad para los fines del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal
- AUTO SUPREMO: Nº 611 Sucre, 23 de noviembre de 2007
- DISTRITO: Potosí
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 232 a 240 interpuesto por Guillermo Germán Flores
- 4) Asimismo, denuncia que el Tribunal de Alzada atentó contra los derechos del imputado previstos
- Por lo que solicita declarar infundado el recurso y revocar la decisión del Ad Quem
- CONSIDERANDO: Que, del análisis del recurso, se infiere que la valoración de la prueba por
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 23 de noviembre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
