CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no, se tiene lo siguiente:
1) En principio, de la revisión de obrados, se evidencia que en la fase administrativa de fiscalización tributaria, se tramitó el proceso penal administrativo por el delito de defraudación aduanera, en aplicación del D.S. No. 22126 de 15 de febrero de 1989 y arts. 98 y 99 inc. 1) del Cód. Trib., incoada por la Aduana Nacional de La Paz contra la Empresa Ferroviaria Oriental S.A. (FCO. S.A.), que culminó con las resoluciones que se impugna dentro del presente proceso contencioso tributario, con la pretensión de que se deje sin efecto, en base al argumento expuesto en su demanda de fs. 61-75, reiterada a lo largo del proceso adjuntando la documentación que respaldó su acción
- PARTES: Empresa Ferroviaria Oriental S.A. (FCO. S.A.) c/ Aduana Nacional de La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 1ro
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 2) Tramitado el proceso contencioso tributario, la sentencia de primera instancia de fs
- Que, en este marco legal, se concluye que lo resuelto por el tribunal de alzada,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
