CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 3ro
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 201-204, interpuesto por Juan Carlos Edmundo Maldonado Benavídez, Gerente Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales, contra el auto de vista No. 251/05 SSA-III de 16 de diciembre de 2005 (fs. 193), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso contencioso tributario que sigue Calixto Arturo Espinoza del Carpio contra la entidad recurrente, el dictamen de fs. 209-210, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 3ro. Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia No. 30/2003 el 5 de diciembre del 2003 (fs. 173-175), declarando probada en parte la demanda de fs. 20-22; por consiguiente modifica la Resolución Determinativa LP-002 No. 000463 de 17 de junio de 1996, únicamente en lo que respecta a la conducta fiscal del contribuyente, calificando como evasión fiscal y multa del 50% del monto o tributo omitido actualizado conforme al art. 116 del Cód. Trib., en lo demás mantiene firme y subsistente el acto impugnado
- DISTRITO: La Paz ROCESO: C. Tributario
- PARTES: Calixto Arturo Espinoza del Carpio c/ Servicio de Impuestos Nacionales
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 3ro
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 2) En efecto, el tribunal de apelación, luego de realizar una valoración a los antecedentes
- 3) Respecto a la conducta del sujeto pasivo, que en los hechos es el único
- Que, en este marco legal, se concluye que lo resuelto por el tribunal de alzada,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
