Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ACEPTA el desistimiento formulado por Fabiola Arias Ávila (fojas 1054) y en aplicación del artículo 27-5) del Código de Procedimiento Penal declara extinguida la acción penal.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Despojo
- VISTOS: el desistimiento de 20 de septiembre de 2007 (fojas 1054) formulado por Fabiola Arias
- CONSIDERANDO: que el proceso radica en ésta Corte Suprema de Justicia de la Nación a
- Que Fabiola Arias Ávila, formula desistimiento de querella y de la acción penal que sigue
- Que el artículo 20 del Código de Procedimiento Peal califica al delito de Despojo como
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
