Auto Supremo AS/0098/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0098/2007

Fecha: 21-Feb-2007

Por otro lado, no discrimina su anunciado recurso de "casación en la forma y en


En la especie, la recurrente, incumpliendo la estricta observancia de aquellos requisitos, se limita a hacer una relación de ciertos actuados procesales y la cita de normas procesales civiles y laborales, asemejando el recurso a un alegato en conclusiones en el que, de manera genérica y confusa, acusa la conculcación de los "... Arts. 153, 154, 158, 159, 160, 163 y 165 del C. Procesal del Trabajo en concordancia a los Arts. 375, 397, 398 y 399 del C.P.Cv.; y Art. 1286 del C. Cv"(sic), así como el "desconocimiento a los Arts. 169, 170, 171 y 178 del C. en analogía de los Arts 1327 y Art. 1330 del C.Cv. y 476 de su Pdto."(sic) y sin especificar cómo o de qué manera hubieran sido violadas o aplicadas falsa o erróneamente cada una de aquellas dispocisiones.

Por otro lado, no discrimina su anunciado recurso de "casación en la forma y en el fondo", esto es, no individualiza ni diferencia el recurso de casación en la forma o de nulidad, del recurso de casación en el fondo, que tienen distinta naturaleza jurídica y persiguen efectos diferentes, confundiéndolos en uno solo y configurando su recurso en ambiguo y confuso; confusión que resalta aún más al finalizar el mismo, cuando pide "...ANULAR OBRADOS HASTA EL VICIO MÁS ANTIGUO Y/O EN SU DEFECTO CASE EL AUTO DE VISTA..."