Auto Supremo AS/0268/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268/2007

Fecha: 09-Mar-2007

Que, Fernando García Quinteros, si bien ha cumplido con los requisitos exigidos por el artículo


Que, Fernando García Quinteros, si bien ha cumplido con los requisitos exigidos por el artículo 301 del Código de Procedimiento Penal, pero su pretensión de que su conducta debe adecuarse al tipo penal de complicidad previsto por el artículo 23 del Código Penal, la misma no se encuentra justificada. Que, Clara Zeballos Fuentes al pretender que su conducta debe adecuarse al tipo penal de encubrimiento previsto en el artículo 76 de la Ley 1008 o que no se valoró correctamente la prueba producida, ni se ha tomado en cuenta las atenuantes previstas en los artículos 37 y 38 del Código Penal, las pretensiones de la recurrente son contradictorias y no se encuentran fundamentadas debidamente