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    Auto Supremo AS/0316/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0316/2007

    Fecha: 20-Mar-2007

    Regístrese, hágase saber y devuélvase


    POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en aplicación del Art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Julieta Mabel Mendoza Estevez de fojas 74 a 76 Vlta.,

    Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • PARTES : Mirtha Elizabeth Cuellar Prado c/ Julieta Mabel Mendoza Estevez
    • Difamación y otros
    • CONSIDERANDO: Que, conforme se viene señalando en los Autos Supremos, para la admisibilidad del recurso
    • Que, en el presente caso no se dio cumplimiento al requisito de la presentación del
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
    • Dr. Wilfredo Ovando Rojas
    • Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
    • Libro de Tomas de Razón a 2/2007.

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