CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 188-189, interpuesto por David Duchén Carrilo, en representación de la Asociación de Copropietarios de la Urbanización "Los Pinos", contra el auto de vista Nº 134/06-SSA-III de 19 de junio de 2006, (fs. 182), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por Silvia Lilia Borda Beckrich, contra la Asociación que alega representar el recurrente, la respuesta de fs. 193-195, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 16/2005, el 2 de marzo de 2005, (fs. 157-161), declarando probada en parte la demanda de fs. 13-14, disponiendo que la Asociación demandada, cancele a la actora Bs. 16.003,32.-, por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo en duodécimas y vacación en duodécimas, menos un pago a cuenta
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada ambas partes, (fs
- Concluyó indicando que interpone el presente recurso, para que se case parcialmente el auto de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso resulta insuficiente y hace inviable
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de Abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
