En grado de apelación deducida por ambas partes del proceso, por auto de vista Nº
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 88-89, interpuesto por Shirley Rosa Ortuño Rojas, contra el auto de vista Nº 275/2006 de 19 de septiembre de 2006 (fs. 84-85), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; dentro el proceso social que sigue la recurrente, contra la Honorable Alcaldía Municipal de Punata, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral de reliquidación de beneficios sociales, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió la sentencia de 20 de abril de 2004 (fs. 54-57), declarando probada en parte la demanda de fs. 18-19, en lo que respecta al pago de vacaciones y bono de antigüedad e improbada en los demás puntos demandados, conminándose en consecuencia al Municipio demandado para que a través de su titular actual Bertha Torrico Montaño, pague a favor de la actora, la suma de Bs. 2.209,70.-
En grado de apelación deducida por ambas partes del proceso, por auto de vista Nº 275/2006 de 19 de septiembre de 2006 (fs. 84-85), de oficio se anula obrados hasta el estado en que la actora dirija su demanda ante la autoridad llamada por ley. Sin responsabilidad por ser excusable
- PARTES: Shirley Rosa Ortuño Rojas c/ Honorable Alcaldía Municipal de Punata
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación deducida por ambas partes del proceso, por auto de vista Nº
- Que, contra el auto de vista de 19 de septiembre de 2006, la demandante interpone
- Que, en la sentencia de primera instancia no se reconocieron a favor de la actora,
- Que, el Municipio demandado, no impugna el reconocimiento de los derechos adquiridos de la demandante,
- Que, por su parte la actora, centra el reclamo de su apelación en el reconocimiento
- Que, el auto de vista recurrido, anula la sentencia de primera instancia, sin entrar a
- Consiguientemente, corresponde enmendar la omisión anotada dando cumplimiento al art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
