CONSIDERANDO: Que, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, por mandato del numeral
CONSIDERANDO: Que, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, por mandato del numeral 17) del artículo 55 de la Ley de Organización Judicial, tiene atribuciones para: "Dirimir las competencias que se suscitaren entre las Cortes Superiores de Distrito, entre los jueces de partido e instrucción de diferentes distritos, entre uno de ellos o cualquier otro Tribunal"
- PROCESO: Conflicto de Competencias
- PARTE: Suscitado entre las Salas Sociales y Administrativas Segunda y Tercera, ambas de la R
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de antecedentes procesales, se evidencia que el conflicto suscitado entre
- CONSIDERANDO: Que, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, por mandato del numeral
- Que, el presente conflicto versa -como se tiene dicho-, sobre la discrepancia existente entre dos
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ordena
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Firmado: Sofía L. Fiengo S.
