Esta resolución, motivó el recurso de casación de fs
Esta resolución, motivó el recurso de casación de fs. 87-88, interpuesto por la apoderada del demandado, en el que faltando a toda técnica jurídica, afirma que su recurso lo presenta como "casación o nulidad" y al amparo del art. 250 del Cód. Pdto. Civ., sin considerar que ésta disposición legal previene que el recurso extraordinario de casación puede planteado como de casación en el fondo, de casación en la forma o en ambos efectos a la vez, como un medio de defensa para impugnar el decisorio del Tribunal ad quem, cuando se hubiere dictado con infracción a la ley o sacrificando las formas esenciales del proceso, cuyas causales de procedencia se hallan debidamente identificadas en los arts. 253 y 254 del mismo cuerpo legal, distinción que se extraña en la especie, por cuanto el memorial del recurso se asemeja a un memorial de conclusiones; además que el petitorio se encuentra en los dos otrosíes, como si se tratara de algo accesorio. No obstante de los defectos anotados, pide a la Corte Suprema de Justicia "que se revoque el auto de vista en que se confirma la sentencia", forma de resolución no prevista en el art. 271 del adjetivo procesal civil
- AUTO SUPREMO Nº 197 - Social Sucre, 2 de abril de 2007
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- Sucre, 2 de abril de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
