CONSIDERANDO: Que, en fecha 12 de mayo de 2006, el Tribunal de Sentencia 3ro
VISTOS:Los recursos de casación de fojas 547 a 549 y 552 a 554, interpuestos por Maudel Viveros Acosta y Juan Miguel Toledo Campos, impugnando el Auto de Vista de 4 de diciembre de 2006, corriente de fojas 542 a 545, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Banco Solidario S.A. y Administradoras de Fondos de Pensiones Futuro de Bolivia S.A. y BBVA Previsión AFP S.A., contra los recurrentes, por la supuesta comisión de los delitos de manipulación informática, estafa con víctimas múltiples, hurto agravado, falsedad material, uso de instrumento falsificado y organización criminal, Arts. 363 bis. 335 con relación al 346, 326 num. 5), 198, 203 y 132 bis del Código Penal, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO: Que, en fecha 12 de mayo de 2006, el Tribunal de Sentencia 3ro. de la ciudad capital del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronuncio sentencia declarando a Maudel Viveros Acosta, Ingry Tatiana Ortiz Orellanos y Juan Miguel Toledo Campos, absueltos por la supuesta comisión de los delitos de manipulación informática, estafa con víctimas múltiples, hurto agravado, falsedad materia, uso de instrumento falsificado y organización criminal, fs. 458 a 471. Ante dicha decisión judicial, los querellantes particulares formularon por separado recurso de apelación restringida, declarados procedentes a través del Auto de Vista de 4 de diciembre de 2006, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, fs. 542 a 545, ordenando la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia. Ante la precitada decisión judicial, los ciudadanos Maudel Viveros Acosta y Juan Miguel Toledo Campos, plantearon independientemente recurso de casación, admitido mediante Auto Supremo Nº 89 de 24 de enero de 2007
- PARTES : Banco Solidario S.A. y otros c/ Maudel Viveros Acosta y otro
- Manipulación informática y otros
- MINISTRO RELATOR: Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Sucre, 5 de abril de 2007
- CONSIDERANDO: Que, en fecha 12 de mayo de 2006, el Tribunal de Sentencia 3ro
- CONSIDERANDO: Que, en recurso de casación, Maudel Viveros Costa, sostiene de manera general que la
- Ahora bien, analizados cuidadosamente los argumentos expuestos, se evidencia prime facie, que el recurso carece
- Con relación al recurso de casación planteado por Juan Miguel Toledo Campos, y los argumentos
- En consecuencia, se arriba a la conclusión que el Tribunal de Alzada, al ordenar la
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón a 2/2007.
