Auto Supremo AS/0419/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0419/2007

Fecha: 17-Abr-2007

Que, examinados los antecedentes del cuaderno procesal, con la finalidad de determinar en su caso


Que, examinados los antecedentes del cuaderno procesal, con la finalidad de determinar en su caso lo que fuera de ley en cumplimiento de las sentencias constitucionales ya citadas, se tiene que dentro del proceso no existen violaciones a los derechos y garantías constitucionales de los imputados, sin que se evidencie en obrados la existencia de actuados dilatorios atribuibles a los órganos jurisdiccionales, por lo que se llega a la conclusión de que no existen causas que justifiquen la extinción de la acción penal, ya que si bien han transcurrido más de cinco años, téngase presente que la conducta de la parte imputada se enmarca dentro de los actos dilatorios a los que se refiere la SC 0101/04, impidiendo a lo largo del proceso la averiguación de la verdad histórica de los hechos, así se desprende de los distintos recursos o medios de defensa presentados, como: solicitud de revocatoria del Auto Inicial de la Instrucción por falta de tipicidad, de Fs. 35 a 36, rechazada por Auto de Fs. 40; a Fs.; solicitud de cuestión previa por falta de tipicidad y materia justiciable de Fs. 56 a 57, rechazada por Auto de Fs. 60; interposición de cuestión prejudicial de Fs. 129 a 130 y 169 a 170 Vlta., desestimadas por Auto de Fs. 175 Vlta.; así como también la interposición de recursos ordinarios como extraordinarios con la única finalidad de dilatar el proceso, situaciones dilatorias enmarcados dentro la responsabilidad de la parte imputada y no así a los órganos jurisdiccionales ni al Ministerio Publico, por lo que no corresponde el beneficio de la extinción de la acción penal a favor del imputado José Fernando Montaño Carrillo