Auto Supremo AS/0425/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0425/2007

Fecha: 12-Abr-2007

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social


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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 146-148, interpuesto por Simón Antonio Aviles Montaño, Presidente Ejecutivo de la Sociedad Minera Illimani Ltda., contra el auto de vista Nº 223/06 de 20 de octubre de 2006, (fs. 142-) pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro del proceso social de cobro de beneficios sociales seguido por José Humberto Sánchez Aríspe, contra la empresa que representa el recurrente, la respuesta de fs. 149-150, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 79 a) 2004 de 29 de septiembre de 2004, (fs. 98-99) y el auto complementario de oficio de 5 de marzo de 2005 (fs. 106), declarando probada la demanda de fs. 18-19, e improbada la excepción perentoria de prescripción, con costas, disponiendo que la empresa demandada, a través de su representante legal, cancele al actor la suma de Bs. 177.316,31.-, por indemnización, desahucio, aguinaldo, vacaciones y sueldos devengados