CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Primero de Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 201-202, interpuesto por David Diego Lema Zannier, Gerente Regional de la Empresa Brink's Bolivia S.A., regional Cochabamba, contra el auto de vista Nº 317/2006 de 9 de diciembre de 2006 (fs. 192-193), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; dentro el proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por Richard José Ferrel Ortiz, contra la entidad que representa el recurrente, la respuesta de fs. 207, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió sentencia el 21 de mayo de 2004 (fs. 160-163), declarando probada en parte la demanda de fs. 2-3, respecto al pago de vacación e improbada en los otros puntos demandados, disponiendo que la empresa demandada, mediante su represente legal cancele a favor del actor la suma de BS. 880.-, por vacaciones de 22 días
- PARTES: Richard José Ferrel Ortiz c/ La Empresa Brink's Bolivia S.A
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Primero de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por el demandante (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación, interpuesto por el representante de la empresa demandada
- Concluyó solicitando se case el auto de vista, manteniendo subsistente la sentencia, dejando sin efecto
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
- El recurrente, ignora que el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso resulta insuficiente y hace inviable
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de Abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
