Auto Supremo AS/0476/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0476/2007

Fecha: 24-Abr-2007

Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente,


Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente, no cumplió con los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil (en este caso de fundamentar su recurso), toda vez que si bien hace cita de algunas disposiciones legales, no precisó de qué manera se hubiera incurrido en violación, aplicación indebida o interpretación errónea de la Ley, tampoco alega ni demuestra error de hecho o de derecho en que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas; simplemente se limita a presentar un memorial con escaso contenido jurídico, limitándose a solicitar que "en casación se pronuncien en observancia de las reglas de la sana crítica", sin explicar, menos precisar su pretensión final, olvidando que el recurso de casación se equipara a una demanda nueva de puro derecho, en la que se tiene que dar cumplimiento a una serie de presupuestos y condiciones; por lo que propiamente no hay recurso de casación en el fondo ni en la forma, con desconocimiento de lo preceptuado en los arts. 253 y 254 del Cód. Pdto. Civ