Que contra el auto de vista, la representante legal del propietario de la Estación de
Que contra el auto de vista, la representante legal del propietario de la Estación de Servicio demandada, interpone recurso de nulidad o casación (fs. 73), haciendo una breve relación de antecedentes, expresando que el tribunal ad quem ha dictado el auto de vista recurrido, sin compulsar con verdadero sentido legal las pruebas aportadas en el proceso, concluye solicitando que "en casación se pronuncien en observancia de las reglas de la sana crítica"
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por la parte demandada, por auto de vista Nº 293/2006
- Que contra el auto de vista, la representante legal del propietario de la Estación de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente,
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional del abogado, por no haberse respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
