POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara NO HA LUGAR a la medida precautoria solicitada
- PROCESO: Contencioso Administrativo
- PARTES: Interpuesto por El Diario S.A. contra el Presidente del Banco Central de Bolivia
- CONSIDERANDO: Que, en el memorial de formulación de réplica cursante de fojas 187 a 188,
- Que, por decreto de fojas 189, la solicitud en cuestión es corrida en traslado, respondiendo
- CONSIDERANDO: Que, el proceso contencioso administrativo, ha sido instituido como un mecanismo de control destinado
- Que, dentro el marco precedentemente descrito y sobre la presunción de validez y legalidad de
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara
- No interviene la Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez por encontrarse en comisión oficial
- Regístrese
- Firmado: Sofía L. Fiengo S.
