POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad que le confiere el Art. 60 inciso 1) de la Ley de Organización Judicial, en desacuerdo con el dictamen fiscal de fojas 92 a 91, declara INFUNDADO el recurso de casación de fojas 83 a 81, interpuesto por Alberto Bonadona Cossio, en representación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto - SENASIR. Sin costas
- AUTO SUPREMO Nº 252 - Administrativo Sucre, 03 de mayo de 2007
- Contra el auto de vista referido, que revoca las Resoluciones de fojas 60-59, y 51
- Para concluir pidiendo, se case el auto de vista recurrido y se disponga la suspensión
- CONSIDERANDO II
- Luego de la revisión de la Base de Datos, faccionado en base a las afiliaciones
- III
- Consiguientemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas, corresponde resolver el recurso intentado en la forma
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relatora: Ministra Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 03 de mayo de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
