Apelada la sentencia de la A quo, por el Rector de la Universidad demandada a
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Carlos Quiroga Blanco c/ Universidad Mayor de San Simón
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VISTOS: El recurso de casación de Fs. 101-103, interpuesto por Franz Vargas Loayza, Rector de la Universidad Mayor de San Simón, del auto de vista No. 179/2004, cursante a Fs. 86, dictado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, en el proceso laboral sobre reintegro de beneficios sociales seguido por Carlos Julio Quiroga Blanco contra la Universidad recurrente; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, el dictamen fiscal de Fs. 109-110, y
CONSIDERANDO I: Que tramitada la causa, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, dictó la sentencia de Fs. 65-67 declarando probada la demanda de Fs. 26-27, conminando a la Universidad demandada al pago de los beneficios sociales de indemnización desahucio, duodécimas de aguinaldo y vacaciones, la suma de Bs. 48.672,44 como resultado del monto condenado de Bs. 231.834.78 del que se deduce lo pagado a cuenta, Fs. 5 y 27, Bs. 183.162.34; conforme a la liquidación inserta en la resolución.
Apelada la sentencia de la A quo, por el Rector de la Universidad demandada a Fs. 74-75, la Sala Social y Administrativa de la Corte de Distrito de Cochabamba la confirma, por auto de vista No. 179/04 de Fs. 86, que motiva el recurso en conocimiento
- AUTO SUPREMO Nº 388 - Social Sucre, 19 de junio de 2007
- Apelada la sentencia de la A quo, por el Rector de la Universidad demandada a
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso, interpuesto por Franz Vargas Loayza como Rector de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 19 de junio de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
