CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 189-190, interpuesto por Franz Vargas Loayza, Rector de la Universidad Mayor de San Simón, contra el auto de vista Nº 050/2007 de 23 de febrero de 2007 (fs. 185-186), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; dentro el proceso social que sigue Andrés Lucio Aguayo Cayo, contra la entidad recurrente, la respuesta de fs. 194-195, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió la sentencia de 9 de marzo de 2004 (fs. 153-154), declarando probada en parte la demanda de fs. 2-3, ordenando a Franz Vargas Loayza, en su calidad de Rector y representante legal de la Universidad Mayor de San Simón, pague Bs. 95.249,44.- a favor del actor, por concepto de indemnización y vacaciones, más los reajustes dispuestos por el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por la entidad demandada, por auto de vista Nº 050/2007
- Que, contra el referido auto de vista, el Rector de la Universidad Mayor de San
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
- De tal manera que ambos recursos, se sustentan en causas diferentes y persiguen efectos distintos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Interviene para resolución, la Ministra de la Sala Social y Administrativa Primera, Dra
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dra. Beatriz Alcira Sandoval Bascopé
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
