Auto Supremo AS/0356/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0356/2007

Fecha: 14-Ago-2007

CONSIDERANDO:Que, con carácter previo a considerar los fundamentos del recurso de casación referido, conforme previene


CONSIDERANDO:Que, con carácter previo a considerar los fundamentos del recurso de casación referido, conforme previene el art. 15 de la Ley de Organización Judicial, es deber del Tribunal de Casación revisar de oficio el proceso, a fin de constatar si en la tramitación de la causa se han guardado las formas, plazos procesales y si se ha aplicado a cabalidad el ordenamiento procesal que rige el mismo y determinar en su caso, las sanciones que correspondan, o la nulidad de obrados, en cumplimiento del artículo 252 del Código de Procedimiento Civil