Auto Supremo AS/0646/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0646/2007

Fecha: 10-Ago-2007

3)


2).- En la especie, el auto de vista recurrido, cumple los principios de congruencia, pertinencia y exhaustividad, consagrados en los arts. 190 y 236 del Cód. Pdto. Civ., porque se circunscribe a los puntos resueltos en el auto de fs. 46 y que fueron objeto de la apelación; por consiguiente, no es evidente lo denunciado en el recurso, porque ni siquiera precisó el recurrente en qué efecto planteó el recurso de casación, ya sea en el fondo, en la forma o ambas a la vez; por cuanto para la casación en el fondo, no demuestra de qué modo se hubiera infringido o aplicado errónea o indebidamente las normas legales citadas en el recurso y, no existe ningún fundamento válido en cuanto a la casación en la forma.

3).- Finalmente, no se observa que el tribunal de apelación hubiera incurrido en interpretación y aplicación errónea e indebida de las normas citadas, menos error en la apreciación de las pruebas; al contrario, de manera adecuada ha arribado a la libre valoración de las pruebas en función al art. 158 del Cód. Proc. Trab., para luego concluir en la forma resuelta