Que, en este marco legal lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
Que, en este marco legal lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su consideración, porque impide a este tribunal supremo abrir su competencia, consiguientemente, corresponde resolver el recurso planteado, en la forma prevista por el art. 272 del Cód. Pdto. Civ., aplicable por disposición del art. 297 de Cód. Trib. (Ley 1340 de 28 de mayo de 1992)
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 2º Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandante, por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una
- I
- II
- III
- Que, en este marco legal lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
