CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo social, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad
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VISTOS: El recurso de casación y/o nulidad de fs. 115-117, interpuesto por Alfonso Salazar Quiroga, contra el auto de vista Nº 124/05 SSA-I de 7 de junio de 2005 (fs. 111) pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso coactivo social seguido por la Caja de Salud CORDES, contra el recurrente, el dictamen fiscal de fs. 122, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo social, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la resolución Nº 85/2000 de 11 de noviembre de 2000 (fs. 93-94), rechazando la demanda coactiva social de fs. 39-40, dejando sin efecto el Auto de Solvendo de fs. 43, salvando los derechos que pudiera tener la entidad demandada para que acuda a la vía legal correspondiente
- PARTES: Caja de Salud CORDES c/ Alfonso Salazar Quiroga
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo social, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad
- En grado de apelación deducida por la entidad coactivante, por auto de vista Nº 124/05
- Este fallo motivó el recurso de casación y/o nulidad (fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Interviene para resolución, la Ministra de la Sala Social y Administrativa Primera, Dra
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
