Conforme ha establecido la uniforme Jurisprudencia Nacional, establecida en los Autos Supremos Nº 038/2004 de
Conforme ha establecido la uniforme Jurisprudencia Nacional, establecida en los Autos Supremos Nº 038/2004 de 2 de abril de 2004, 081/2005 de 8 de junio de 2005, 006/2006 de 11 de enero de 2006, emitidos por Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, por citar algunos, la tramitación del proceso contencioso administrativo, no suspende la ejecución de las resoluciones administrativas impugnadas, consiguientemente tampoco pueden ser suspendidos los actos de ejecución de dichas resoluciones mediante determinaciones judiciales, criterio establecido por los tratadistas de Derecho Administrativo: Eduardo García de Enterría y Tomás Ramón Fernández
- PROCESO: Contencioso Administrativo
- PARTES: Interpuesto por Servicios de Aeropuertos Bolivianos Sociedad Anónima (SABSA) contra la Superintendencia General del
- CONSIDERANDO: Que, en el otrosí 4º del memorial de demanda cursante de fojas 85 a
- Que, la petición en análisis, fue corrida en traslado mediante providencia de fojas 173, así
- Conforme ha establecido la uniforme Jurisprudencia Nacional, establecida en los Autos Supremos Nº 038/2004 de
- En el caso presente, el solicitante pide la suspensión de la ejecución de las Resoluciones
- En cuanto a las otras dos resoluciones, este Tribunal no puede deferir favorablemente la petición
- El acto administrativo ostenta una serie de caracteres, entre ellos, su legitimidad, mientras no sea
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, RECHAZA
- No intervienen el Presidente Héctor Sandoval Parada y el Ministro Hugo Roberto Suárez Calbimonte por
- Tampoco interviene la Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez, por encontrarse con licencia, por motivos de salud
- Regístrese
- Firmado: Sofía Fiengo S.
