Auto Supremo AS/0284/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0284/2007

Fecha: 26-Sep-2007

Que, de lo precedentemente expuesto, se evidencia que ambas partes concurrieron voluntariamente al proceso de


Que, de lo precedentemente expuesto, se evidencia que ambas partes concurrieron voluntariamente al proceso de divorcio realizado en la República de Alemania y que la ahora demandada, se ha presentado al presente proceso consintiendo la pretensión deducida por José Antonio Roberto Martins Granier, habiéndose verificado asimismo, que la sentencia de divorcio pronunciada en el tribunal alemán se encuentra ejecutoriada y no es contraria al orden público; finalmente reúne los requisitos para ser considerada como resolución en el lugar donde fue dictada y los de autenticidad exigidos por nuestra ley nacional, al haber sido autenticada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos. Tampoco existe evidencia de su incompatibilidad con otra pronunciada con anterioridad o simultáneamente por un tribunal boliviano; en consecuencia, se ha dado cumplimiento a los incisos 2) al 7) del señalado artículo 555 del Código de Procedimiento Civil