Auto Supremo AS/0455/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0455/2007

Fecha: 04-Sep-2007

1) Los reparos declarados en la citada Resolución Determinativa, por concepto al IVA y al


DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Empresa A.G. COLOR S.R.L. c/ D.R.I.I. - Cochabamba

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VISTOS: Elrecurso de casación en el fondo y en la forma de fojas 70, interpuesto por Juan José Mariscal S., en su condición de Gerente Distrital de la ciudad de Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales, contra el auto de vista Nº 031/2002 de 4 de septiembre de 2002 de fojas 66 a 67, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso contencioso tributario seguido por Aníbal Enrique Rodríguez Orías, en representación de la empresa "A.G. Color S.R.L." contra la entidad recurrente, el dictamen fiscal de fojas 75 a 76, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez 2do. de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Dpto. de Cochabamba, el 6 de marzo de 2002, dictó sentencia a fojas 49-52, declarando probada en parte la demanda contencioso-tributaria de fojas 49-52 y modifica parcialmente la Resolución Determinativa Nº OF.300-103.684-027-99 de 27 de agosto de 1999, cursante a fojas 9 a 12 de obrados, en los términos siguientes:

1) Los reparos declarados en la citada Resolución Determinativa, por concepto al IVA y al IT a Bs. 18.300 y Bs. 1.698, respectivamente, los impuestos omitidos en el monto de Bs. 26.017 y el total adeudado por estos conceptos con accesorios a la fecha de la resolución determinativa en la suma de Bs. 56.097