Remitido el proceso para el trámite del plenario, la procesada no se presentó a las
Remitido el proceso para el trámite del plenario, la procesada no se presentó a las audiencias de confesión señaladas para el 4 de noviembre de 1997, 12 y 26 de diciembre del mismo año, 26 de enero de 1998, 23 de abril del mismo año, como se puede evidenciar de las representaciones efectuadas por la Secretaria del Juzgado Sexto de Partido en lo Penal a fs. 100 vta., 103 vta., 107 vta., 123 vta. y fs. 149, respectivamente, a cuya consecuencia, el juzgador de instancia, mediante resolución fundamentada de 23 de enero de 1998, le suspendió el beneficio de libertad provisional, librando mandamiento de aprehensión y disponiendo su emplazamiento por edicto, otorgándole el plazo de diez días para que comparezca a asumir defensa, bajo conminatoria de ser declarada rebelde y contumaz a la ley, de secuestrarle sus bienes y dejar en suspenso el ejercicio de su ciudadanía (fs. 124 y vta.), publicación que se efectuó el 20 de febrero de 1998 (fs. 138)
- AUTO SUPREMO: Nº 462 Sucre, 24 de septiembre 2007
- Dina Vaca Suárez
- A, 24 de septiembre de 2007
- VISTOS: La remisión de oficio de fs
- CONSIDERANDO: Que la solicitud de extinción de la acción penal, por su naturaleza jurídica, constituye
- CONSIDERANDO: Que si bien el presente proceso en su tramitación ha excedido el máximo de
- En efecto, iniciada la tramitación de la causa el 19 de mayo de 2007, se
- Remitido el proceso para el trámite del plenario, la procesada no se presentó a las
- A lo expuesto, corresponde agregar que mediante providencia de fs
- Finalmente, corresponde señalar que el 1 de mayo de 2002, la encausada reasumió su defensa
- Como se ha comprobado, las actitudes asumidas por Dina Vaca Suárez de cara a la
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 24 de septiembre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
