Auto Supremo AS/0716/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0716/2007

Fecha: 15-Sep-2007

Complementariamente a lo anotado, se concluye también, que los fundamentos del recurso carecen de justificación


Por lo referido, se colige que en autos, no se cumplieron los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Cód. Pdto. Civ., porque, desconociendo lo que se tiene señalado líneas arriba, sin identificarse adecuadamente el recurrente, alegó que se formula una "demanda de casación", instituto ajeno a nuestro ordenamiento jurídico.

Complementariamente a lo anotado, se concluye también, que los fundamentos del recurso carecen de justificación y fundamentación, porque no se identifica de qué manera se incurrió en el referido error de hecho, tampoco identifica la presunta violación, aplicación indebida e interpretación errónea de alguna norma; es decir, el recurrente, olvida que el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, conforme a las causales señaladas en el art. 253 de la citada norma, lo que no ocurre en el caso de análisis