CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 149-152, interpuesto por José Lorini Alborta, contra el auto de vista Nº 010/03 SSA-I de 23 de enero de 2003 (fs. 142-143), complementado en 7 de marzo de 2003 (fs. 145 vta.), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro del proceso contencioso tributario que sigue el recurrente, contra el Gobierno Municipal de La Paz, la respuesta de fs. 154-158, el dictamen fiscal de fs. 161-162, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario Cuarto de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 21/2000 de 23 de junio de 2000 (fs. 117-121), declarando probada la demanda de fs. 7-8; en consecuencia se declaran nulas las diligencias de notificación con la Vista de Cargo Nº 0418/99 de 19 de agosto de 1999 y con la resolución determinativa Nº 0418/99 de 21 de diciembre de 1999, disponiendo se practiquen nuevas notificaciones con dichas actuaciones en el domicilio actual del contribuyente consignado en el certificado de fs. 6B. Asimismo, se dispone que la Administración Tributaria imponga y fije la multa por incumplimiento a deberes formales en aplicación del art. 121 del Cód. Trib., al sujeto pasivo por la omisión del art. 36 del citado código
- PARTES: José Lorini Alborta c/ Gobierno Municipal de La Paz Dirección de Recaudaciones
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario
- En grado de apelación, deducida por la entidad demandada, por auto de vista Nº 010/03
- Concluye solicitando al Supremo Tribunal, que alternativamente a "la casación en el fondo", se sirva
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
