CONSIDERANDO: Que, el Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.
VISTOS: El recurso de compulsa de fs. 100-105, interpuesto por Juan Carlos Urenda Díaz en representación de Marcelino Díaz Murillo en virtud al testimonio de poder No. 941/2007 corriente a fs. 98, en contra del auto de negativa de concesión del recurso de casación, pronunciado a fs. 88 vlta. por la Sala Civil Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro de la medida precautoria de anotación preventiva de contrato, solicitada por el recurrente Marcelino Díaz Murillo, los antecedentes del cuaderno procesal adjunto y,
CONSIDERANDO: Que, el Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz a solicitud de Marcelino Díaz Murillo, mediante auto de 10 de mayo de 2007 (fs. 31), dispuso la anotación preventiva del documento denominado "Contrato Asociativo sobre opción de compra para desarrollo de terrenos y participación en venta sin desarrollar, incluyendo sus respectivos Anexos y Adendum", con relación a los inmuebles que se mantengan registrados como de propiedad de BOLIFOR S.A., EMPRESA AGROINDUSTRIAL GUAPILO S.R.L; inscritos bajo las partidas computarizadas señaladas en el segundo considerando del referido auto
- PARTES: Marcelino Díaz Murillo c/ Sala Civil Primera de la R
- CONSIDERANDO: Que, el Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad
- Que luego de la aplicación de dicha medida, se apersona Luis Felipe Vásquez Zambrano en
- Contra dicho auto, Marcelino Díaz Murillo interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación, reposición
- Que, el tribunal ad quem en conocimiento del recurso de apelación, pronunció la resolución de
- Contra la referida resolución de vista, Marcelino Díaz Murillo interpuso recurso de casación, impugnación que
- Que, rechazada la reposición planteada por la Empresa Agroindustrial Guapilo Ltda
- Que, el tribunal ad quem en cumplimiento de la referida resolución, pronunció el auto interlocutorio
- En consecuencia, toda resolución que recaiga sobre ellas no tiene carácter definitivo, porque no corta
- Que, el art
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Jaime Ampuero García
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil
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