Auto Supremo AS/0021/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0021/2008

Fecha: 29-Ene-2008

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad que le confiere el Art. 60 inciso 1) de la Ley de Organización Judicial, en desacuerdo con el Dictamen Fiscal de Fs. 245, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 240 - 241, interpuesto por Salomón Saba Pardo, con apercibimiento del Tribunal de alzada por no haber dado cumplimiento a la previsión del art. 262 del Código de Procedimiento Civil