Auto Supremo AS/0023/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0023/2008

Fecha: 09-Ene-2008

CONSIDERANDO: Que, Osmar Gutiérrez Ledezma mediante el recurso interpuesto de fojas 246 a 247 vta


CONSIDERANDO: Que, Osmar Gutiérrez Ledezma mediante el recurso interpuesto de fojas 246 a 247 vta., manifiesta:

1) Que no fue notificado con los recursos de apelación interpuestos por el imputado Luís Alberto Choque Sangredy y la acusadora particular Roxana Montero Mezza, incumpliendo así el artículo 409 del Código de Procedimiento Penal, omisión con la que se ha infringido el derecho a la igualdad de las partes, dejando en indefensión al recurrente;

2) El Tribunal de Apelación ha obrado de manera ultra petita al decidir sobre extremos no impugnados ni fundamentados;

3) Asimismo, hace una equivocada apreciación de la sentencia con relación a la situación del recurrente Osmar Gutiérrez Ledezma que fue absuelto de culpa y pena,

4) El Auto de Vista recurrido presenta contradicciones insubsanables, vulnerando el artículo 370 numeral 1) y 6) del Código de Procedimiento Penal; y,

5) El Tribunal de Alzada ha violado los derechos del recurrente, al anular la sentencia y disponer la reposición del juicio con otro tribunal de sentencia, sometiéndolo a doble procesamiento.

En forma separada señala como precedentes los Autos Supremos Nº 307 de 11 de junio de 2003, 562 de 1 de octubre de 2004, 580 de 4 de octubre de 2004, 317 de 13 de junio de 2003, 635 de 20 de octubre de 2004 y 15 de 3 de febrero de 2005