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2. Que, el auto recurrido afirma que el delito fue doloso según se determinó en el juicio; al respecto, invoca el Auto Supremo Nº 724 de 26 de noviembre de 2004, que establece la errónea aplicación de la ley sustantiva con referencia a la acción dolosa o culposa, asimismo invoca el Auto Supremo 244 de 2 de agosto de 2005 que determina: "(...) incurre en error in iudicando al no tomar en cuenta cada uno de los elementos del delito, en el caso de análisis el tribunal de sentencia no tomó en cuenta los elementos del tipo injusto, objetivos y subjetivos, entre este último el dolo o la imprudencia"; asimismo, cita el Auto Supremo Nº 47 de 16 de mayo de 2003 que se relaciona a la tipificación de la conducta del imputado
- AUTO SUPREMO: Nº 27 Sucre, 9 de enero de 2008
- DISTRITO: La Paz
- Sucre, 9 de enero de 2008
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Dennis Wilson Paredes López de fojas 237 a
- CONSIDERANDO: El recurrente mediante el recurso interpuesto de fojas 237 a 248 señala
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- En otro apartado del recurso, Dennis Wilson Paredes López denuncia
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 1/2008.
