En el sistema procesal, se encuentra vigente el principio de preclusión procesal, que dispone que
En el sistema procesal, se encuentra vigente el principio de preclusión procesal, que dispone que no se pueden retrotraer los trámites a una etapa procesal anterior ante la inactividad de la parte; en autos, el recurrente no ejerció los recursos de explicación, complementación o enmienda, previstos en el artículo 125 del Código Adjetivo Penal, por lo que el derecho a la complementación del Auto de Vista, ha precluído, no pudiendo atribuirse al órgano jurisdiccional la responsabilidad por dicha inactividad, no siendo posible retrotraer el trámite considerando el estadio procesal en el que se encuentra la causa;por lo cual el recurso deviene en admisible
- AUTO SUPREMO: Nº 31 Sucre, 14 de enero de 2008
- DISTRITO: Santa Cruz
- Sucre, 14 de enero de 2008
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad
- CONSIDERANDO: Que, examinados los antecedentes del proceso, se evidencia que pronunciado el Auto de Vista
- CONSIDERANDO: Que, si bien es cierto que el recurso de casación ha sido interpuesto dentro
- En el sistema procesal, se encuentra vigente el principio de preclusión procesal, que dispone que
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Libro Tomas de Razón 1/2008.
