VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Simona Zurita Flores a fs
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Simona Zurita Flores a fs. 93-94, contra el auto de vista de pronunciado el 5 de julio de 2007 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público por el delito de tráfico de sustancias controladas, previsto en el art. 48 de la ley 1008, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO: Que en el recurso de casación referido, la recurrente denunció que al declararse improcedentes las apelaciones restringidas formuladas contra la sentencia, convalidaron defectos absolutos relacionados con la conformación del Tribunal de Sentencia que contó solamente con la presencia de 4 jueces -uno técnico y tres ciudadanos- conforme consta en la sentencia de 19 de septiembre de 2005, circunstancia que se enmarca en lo previsto por el art. 169.1) y 3) del Código de Procedimiento Penal y que es susceptible de convalidación, porque se vulnera el art. 16-IV de la Constitución Política del Estado
- AUTO SUPREMO: Nº 39 Sucre, 19 de enero de 2008
- Sucre, 19 de enero de 2008
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Simona Zurita Flores a fs
- CONSIDERANDO: Que el Tribunal Supremo en reiterados fallos ha establecido que: "(
- Bajo estas prerrogativas, teniendo en cuenta que en el recurso de casación se denunció expresamente
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en cumplimiento del
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 1/2008.
