Auto Supremo AS/0259/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0259/2008

Fecha: 22-Oct-2008

Por otra parte, de la lectura del artículo 2º de la Ley Nº 3092 que


Por otra parte, de la lectura del artículo 2º de la Ley Nº 3092 que sirve de fundamento al peticionante, se evidencia que dicha norma establece la posibilidad de impugnación judicial de la resolución administrativa que resuelve el recurso jerárquico agotando la vía administrativa y la suspensión de la ejecución de tal resolución cuando sea solicitada expresamente por el contribuyente dentro del plazo perentorio de cinco días de su respectiva notificación, estando claramente establecido que dicha solicitud deberá ser presentada en sede administrativa, con el requisito adicional de ofrecimiento de garantía suficiente y el compromiso de constituirla en el plazo de noventa días siguientes