CONSIDERANDO: El Tribunal de Sentencia Primero de la ciudad de La Paz, mediante la sentencia
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: Nº 327 Sucre, 14 de octubre de 2008
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ronald Alurralde Sandoval y Doly Alurralde Sandoval c/ Martín Pérez Flores.
Allanamiento de Domicilio y Daño Calificado (Declara inadmisible el recurso de casación)
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Sucre, 14 de octubre de 2008
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Martín Pérez Flores de fojas 271 a 272 vlta., impugnando el Auto de Vista Nº 691 de fecha 10 de septiembre de 2007 de fojas 256 y vlta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la R. Corte Superior de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Ronald Alurralde Sandoval y Doly Alurralde Sandoval contra el recurrente, por el delito de allanamiento de domicilio y daño calificado, previstos y sancionados en los artículos 298 y 358 numeral 2) del Código Penal, los antecedentes del proceso.
CONSIDERANDO: El Tribunal de Sentencia Primero de la ciudad de La Paz, mediante la sentencia de fojas 182 a 190 declaró a Julio Martín Pérez Flores absuelto de la comisión de los delitos de allanamiento de domicilio y daño calificado, previstos y sancionados en los artículos 298 y 358 numeral 2) del Código Penal, con costas impuestas a la parte acusadora a calificarse en ejecución de sentencia. Esta resolución fue apelada por la querellante y resuelta por auto de fojas 256 y vlta., que anuló totalmente la sentencia y dispuso la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia. Auto que a su vez fue recurrido de casación, por lo que se pasa a revisar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad
AUTO SUPREMO: Nº 327 Sucre, 14 de octubre de 2008
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ronald Alurralde Sandoval y Doly Alurralde Sandoval c/ Martín Pérez Flores.
Allanamiento de Domicilio y Daño Calificado (Declara inadmisible el recurso de casación)
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Sucre, 14 de octubre de 2008
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Martín Pérez Flores de fojas 271 a 272 vlta., impugnando el Auto de Vista Nº 691 de fecha 10 de septiembre de 2007 de fojas 256 y vlta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la R. Corte Superior de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Ronald Alurralde Sandoval y Doly Alurralde Sandoval contra el recurrente, por el delito de allanamiento de domicilio y daño calificado, previstos y sancionados en los artículos 298 y 358 numeral 2) del Código Penal, los antecedentes del proceso.
CONSIDERANDO: El Tribunal de Sentencia Primero de la ciudad de La Paz, mediante la sentencia de fojas 182 a 190 declaró a Julio Martín Pérez Flores absuelto de la comisión de los delitos de allanamiento de domicilio y daño calificado, previstos y sancionados en los artículos 298 y 358 numeral 2) del Código Penal, con costas impuestas a la parte acusadora a calificarse en ejecución de sentencia. Esta resolución fue apelada por la querellante y resuelta por auto de fojas 256 y vlta., que anuló totalmente la sentencia y dispuso la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia. Auto que a su vez fue recurrido de casación, por lo que se pasa a revisar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad
- CONSIDERANDO: El Tribunal de Sentencia Primero de la ciudad de La Paz, mediante la sentencia
- El tribunal de alzada al anular la sentencia Nº 16/06 de fojas 182 a 190
- Finalizó, indicando que plantea recurso de casación por defecto absoluto de la resolución Nº 691/07,
- CONSIDERANDO: El recurso planteado por Martín Pérez Flores no cumple uno de los requisitos de
- De otro lado, la sola mención de la existencia de un defecto absoluto, sin describir
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
