Auto Supremo AS/0327/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0327/2008

Fecha: 14-Oct-2008

CONSIDERANDO: El Tribunal de Sentencia Primero de la ciudad de La Paz, mediante la sentencia

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: Nº 327 Sucre, 14 de octubre de 2008

DISTRITO: La Paz

PARTES: Ronald Alurralde Sandoval y Doly Alurralde Sandoval c/ Martín Pérez Flores.

Allanamiento de Domicilio y Daño Calificado (Declara inadmisible el recurso de casación)

< < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < <

Sucre, 14 de octubre de 2008

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Martín Pérez Flores de fojas 271 a 272 vlta., impugnando el Auto de Vista Nº 691 de fecha 10 de septiembre de 2007 de fojas 256 y vlta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la R. Corte Superior de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Ronald Alurralde Sandoval y Doly Alurralde Sandoval contra el recurrente, por el delito de allanamiento de domicilio y daño calificado, previstos y sancionados en los artículos 298 y 358 numeral 2) del Código Penal, los antecedentes del proceso.

CONSIDERANDO: El Tribunal de Sentencia Primero de la ciudad de La Paz, mediante la sentencia de fojas 182 a 190 declaró a Julio Martín Pérez Flores absuelto de la comisión de los delitos de allanamiento de domicilio y daño calificado, previstos y sancionados en los artículos 298 y 358 numeral 2) del Código Penal, con costas impuestas a la parte acusadora a calificarse en ejecución de sentencia. Esta resolución fue apelada por la querellante y resuelta por auto de fojas 256 y vlta., que anuló totalmente la sentencia y dispuso la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia. Auto que a su vez fue recurrido de casación, por lo que se pasa a revisar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad