Auto Supremo AS/0327/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0327/2008

Fecha: 14-Oct-2008

De otro lado, la sola mención de la existencia de un defecto absoluto, sin describir


De otro lado, la sola mención de la existencia de un defecto absoluto, sin describir el acto que originó el vicio, y al no existir una explicación suficiente de haber afectado derechos y/o garantías del recurrente, dicha denuncia no tiene el fundamento fáctico ni jurídico que sirva para su análisis, por lo que no corresponde abrir la competencia de este tribunal, debiendo declararse la inadmisibilidad del recurso interpuesto