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    Auto Supremo AS/0515/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0515/2008

    Fecha: 16-Oct-2008

    POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


    POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución prevista en el art. 60-1) de la L.O.J., en acuerdo con el Dictamen Fiscal de fs. 94, declara IMPROCEDENTE el recurso de nulidad de fs. 88-89, con costas
    • AUTO SUPREMO Nº 515 - Social Sucre, 16 de octubre de 2008
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social
    • Esta resolución motivó el recurso de nulidad de fs
    • En el caso de autos, el representante de la institución demandada, incurre en la prescindencia
    • En el contexto precedentemente expuesto, al ser el recurso ambiguo, insuficiente, injustificable y carente de
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • roveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

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