Auto Supremo AS/0280/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0280/2008

Fecha: 26-Nov-2008

CONSIDERANDO: Que, el principio de congruencia, previsto por el art


CONSIDERANDO: Que, el principio de congruencia, previsto por el art. 190 del Código de Procedimiento Civil, impone al juez la obligación de pronunciar sentencia que contenga decisiones precisas, concretas y positivas, recayendo sobre las cosas litigadas en la medida en que hubieren sido demandadas y probada por las partes. Si el juzgador se apartara de este marco jurídico, nos encontraríamos frente a sentencias ultra, extra o intra petita