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    Auto Supremo AS/0392/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0392/2008

    Fecha: 25-Nov-2008

    Regístrese y hágase saber


    POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en mérito a los fundamentos legales y procesales contenidos en la Constitución Política del Estado y las Leyes 1970 y 2445, así como la jurisprudencia, anteriormente referidos, declara NO HA LUGAR la solicitud de suspensión del plazo de la investigación formulada por el Fiscal General de la República de fs. 32 a 39, sea con las formalidades de ley.

    Regístrese y hágase saber
    • Genocidio y otros
    • CONSIDERANDO: Que, el Fiscal General de la República, mediante memorial de 2 de octubre de
    • Que, por memorial de 21 de octubre de 2008, en fs
    • CONSIDERANDO: Que, el art
    • De acuerdo al art
    • Conforme determina el art
    • Que, del contexto referido precedentemente y la revisión de antecedentes, se tiene que, no obstante
    • Regístrese y hágase saber
    • Dr. Ángel Irusta Pérez
    • Libro Tomas de Razón 1/2008

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