Que, en efecto, de la diligencia de fs
Que, en efecto, de la diligencia de fs.134, se advierte que el 24 de septiembre de 2008 a horas 14:55, fue notificado el recurrente con el Auto de Vista ahora impugnado de casación; entretanto, el recurso de casación fue presentado a horas 09:18 del 31 de octubre de 2008, conforme sale del cargo de fs. 137 vlta. de obrados, evidenciándose que, transcurrieron hasta ese momento, mas de un mes lo que implica la presentación extemporánea del recurso. En consecuencia, estando presentado el recurso de casación fuera del plazo legal que establece el primer periodo del art. 417 del Código de Procedimiento Penal, corresponde al Supremo Tribunal declarar inadmisible el mismo
