Auto Supremo AS/0478/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0478/2008

Fecha: 18-Dic-2008

CONSIDERANDO: Que, de los datos que informa el proceso, se tiene que el Tribunal de

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: Nº 478 Sucre, 18 de diciembre de 2008

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Arminda España Vda. de Arzabe c/ Efraín España Vargas

Asesinato (

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Sucre, 18 de diciembre de 2008

VISTOS: La providencia de 30 de noviembre de 2007, cursante a fojas 597 vuelta de obrados, pronunciado por la Vocal Presidenta de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y la acusación particular de Arminda España Vda. de Arzabe contra Efraín España Vargas, por el delito de Asesinato previsto y sancionado por el artículo 252 numerales 2), 3) y 7) del Código Penal; los antecedentes del proceso, y:

CONSIDERANDO: Que, de los datos que informa el proceso, se tiene que el Tribunal de Sentencia de la Provincia de Quillacollo - Cochabamba emitió sentencia condenatoria número 13/07 de 14 de abril de 2007, que declaró al imputado Efraín España Vargas autor del delito de asesinato previsto y sancionado por el artículo 252 numerales 2), 3) y 7) del Código Penal, y le impuso la pena de 30 años de presidio sin derecho a indulto, a cumplir en la cárcel pública del "Abra" de la ciudad de Cochabamba, más costas y responsabilidad civil averiguables en ejecución del fallo; contra esa sentencia el imputado interpuso recurso de apelación restringida que fue declarado improcedente por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba mediante Auto de Vista de 13 de noviembre de 2007, confirmó la sentencia impugnada