Que, una de la formas de extinción del proceso es la transacción, y a este
Que, una de la formas de extinción del proceso es la transacción, y a este efecto, estando la entidad coactivante asumiendo la oferta realizada por el coactivado Enrique Urquidi Hodkinson, por lo que, siendo la intención de las partes finalizar el proceso, corresponde sin mayores dilaciones dar por concluido el proceso, de conformidad a lo dispuesto por el art. 314 del Cód. Pdto. Civ
- AUTO SUPREMO Nº 089 - Coactivo Fiscal Sucre, 28 de febrero de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo fiscal, el Juez Administrativo Coactivo y Tributario de
- En grado de apelación, formulada por los coactivados (fs
- Auto de vista del que los coactivados recurren de casación (fs
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión de autos se establece lo siguiente
- b) El coactivado propone el pago en el lapso de 12 meses hasta cubrir el
- c) Documento que es acompañado por memorial de fs
- Que, una de la formas de extinción del proceso es la transacción, y a este
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- La Sra
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 28 de febrero de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
